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SUNAT identificará “empresas fantasmas” involucradas en emitir facturas falsas con S/ 5 000 millones de crédito fiscal indebido

📅 16 Jul 2026 👤 Aricruz Consultoría ⏱ 7 min lectura
Fuente: SUNAT

Mantenerte informado sobre los movimientos de SUNAT es parte de una gestión empresarial ordenada, porque muchas de estas novedades terminan traduciéndose en nuevos plazos, obligaciones o oportunidades. En este artículo revisamos la noticia, la explicamos en lenguaje claro y te dejamos una guía accionable para tu negocio.

📌 Puntos clave

  • Revisa si cambia algún plazo o vencimiento de tus declaraciones (IGV-Renta, SIRE, PLE).
  • Verifica el impacto en tu crédito fiscal y en el sustento de tus comprobantes.
  • Incumplir una obligación formal puede derivar en multas del Código Tributario: prevenir cuesta menos que subsanar.

Lo que se informó

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) estima que a fines del año completará el procedimiento de identificación de 3 000 “empresas fantasmas”, que estarían involucradas en la obtención de crédito fiscal sospechoso por más de S/ 5 000 millones, como resultado de la aplicación de la normativa vigente relacionada a los Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO).  Desde la aplicación del Decreto Legislativo N.° 1532, la SUNAT ha publicado la relación de 212 SSCO en su portal institucional, cuyos comprobantes fueron registrados por 78 163 clientes como sustento de compras que nunca realizaron por un monto aproximado de S/ 709 millones. De ese total, ya se ha recuperado cerca del 50% (más de S/ 341 millones). Estos proveedores presentaban indicios de no contar con infraestructura, personal, activos, recursos económicos u otros elementos necesarios para desarrollar las actividades comerciales que supuestamente consignaban en las facturas declaradas a la SUNAT. Con este esquema, los supuestos adquirentes podían deducir indebidamente el crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV), así como costos o gastos para determinar el Impuesto a la Renta (IR), reduciendo el monto de los impuestos que les correspondía pagar, determinando una modalidad de evasión que puede ser sancionada hasta con una pena de cárcel. Se estima que el país habría dejado de recibir aproximadamente S/ 21 504 millones como consecuencia de deducciones tributarias sustentadas por operaciones no reales. Estos recursos pudieron destinarse al financiamiento de servicios públicos, infraestructura y obras en beneficio de la población. Como parte del fortalecimiento de las acciones de control y generación de riesgo, la SUNAT ejecutará durante los próximos meses una estrategia intensiva de identificación y atribución de SSCO.  Gracias a estas acciones, se prevé determinar alrededor de 3 000 empresas vinculadas a la emisión de comprobantes asociados a un crédito fiscal sospechoso superior a los S/ 5 000 millones, evidenciando la magnitud de las operaciones que podrían estar siendo utilizadas para reducir indebidamente las obligaciones tributarias.  El régimen SSCO forma parte de los mecanismos de control más importantes implementados para la identificación y evaluación de riesgos asociados a operaciones que generan efectos tributarios en materia de crédito fiscal, costos y gastos. La aplicación del Decreto Legislativo N.° 1532 permite actuar directamente sobre los proveedores que generan comprobantes por operaciones presuntamente inexistentes, superando las limitaciones del modelo tradicional de fiscalización, que obligaba a revisar individualmente a cada uno de los adquirentes. Como se puede apreciar, la norma tiene especial importancia por ello cualquier la decisión que se adopte sobre su ejecución tendrá incidencia en la continuidad de uno de los principales mecanismos utilizados para la detección de operaciones de riesgo vinculadas a la evasión tributaria y al uso de empresas de fachada en el país.  Gerencia de Comunicaciones e Imagen InstitucionalLima, jueves 16 de julio del 2026.

Información basada en una publicación de SUNAT. Ver la fuente original. Revisa siempre la norma o el comunicado oficial antes de tomar decisiones.

Por qué esto importa

En el Perú, la relación con la SUNAT es una de las que más tiempo y atención demanda a una empresa. Cada resolución, prórroga o nuevo formulario puede parecer un detalle técnico, pero en la práctica define cuánto pagas, cuándo lo pagas y qué tan expuesto estás a una fiscalización. Las empresas que llevan su tributación de forma reactiva —resolviendo solo cuando llega la notificación— suelen terminar pagando multas e intereses que se pudieron evitar con una buena planificación.

Estar al día no es solo cumplir por cumplir: una gestión tributaria ordenada te permite proyectar tu flujo de caja, sustentar correctamente tu crédito fiscal y tomar decisiones de inversión con reglas claras. Por eso conviene entender no solo qué cambió, sino cómo te afecta según tu régimen.

¿Qué significa para tu empresa?

En materia tributaria, lo que SUNAT publica suele traducirse en nuevos plazos, formularios u obligaciones. Conviene revisar:

  • Plazos y cronogramas: una prórroga o un nuevo vencimiento puede cambiar tus fechas de declaración (IGV - Renta, SIRE, PLE).
  • Crédito fiscal y comprobantes: cambios en facturación electrónica o sustento de gastos impactan tu IGV (Art. 18-19 de la Ley del IGV).
  • Riesgo de sanciones: incumplir una obligación formal puede acarrear multas según las tablas del Código Tributario. Es más barato prevenir que subsanar.

¿Qué deberías hacer?

Más allá del titular, lo importante es traducir esta información en acciones concretas para tu empresa. Te dejamos una guía práctica:

  1. Revisa si la novedad cambia algún plazo o vencimiento de tus obligaciones (IGV-Renta, SIRE, PLE) y actualiza tu calendario tributario.
  2. Verifica el impacto en tu crédito fiscal: confirma que tus comprobantes cumplan los requisitos formales del Art. 19 de la Ley del IGV.
  3. Confirma que estás en el régimen correcto (NRUS, RER, RMT o General): un cambio de reglas puede hacer que te convenga migrar.
  4. Si detectas un riesgo o una duda, documenta tu posición y consúltala antes de declarar. Subsanar después siempre cuesta más.

Datos tributarios de referencia (2026)

ConceptoValor / tasa
IGV18% (16% IGV + 2% IPM)
Impuesto a la Renta — Régimen General29.5% de la utilidad
Impuesto a la Renta — RMT (MYPE)10% hasta 15 UIT de utilidad; 29.5% el exceso
Impuesto a la Renta — RER1.5% de ingresos netos mensuales
UIT 2026S/ 5,500

Referencial. El vencimiento mensual depende del último dígito de tu RUC según el cronograma SUNAT.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto cambian las reglas tributarias?

Con bastante frecuencia. La SUNAT emite resoluciones a lo largo de todo el año y la UIT se actualiza cada enero (en 2026 es S/ 5,500). Por eso conviene revisar el calendario tributario y las novedades al menos una vez al mes.

¿Qué pasa si me atraso en una declaración?

Se generan multas e intereses moratorios que se acumulan día a día. Muchas infracciones tienen rebajas por subsanación voluntaria, así que si detectas un error conviene corregirlo antes de que la SUNAT lo observe.

¿Cómo sé qué régimen tributario me conviene?

Depende de tus ingresos, tu margen y tu tipo de actividad. Puedes hacer una primera estimación con nuestro comparador de regímenes, y luego validarla con un contador según tu caso real.

💡 Consejo de Aricruz

Marca en tu calendario el cronograma de vencimientos SUNAT según el último dígito de tu RUC. Un pago a destiempo genera intereses moratorios que se acumulan día a día.

¿Cómo te afecta a ti?

Cada empresa es distinta: el impacto real de esta noticia depende de tu régimen, tu sector y tu situación específica. En Aricruz te ayudamos a interpretar la normativa y a cumplir sin contratiempos ni sanciones, y a aprovechar cualquier oportunidad que un cambio normativo pueda representar para tu negocio.

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