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Planillas en Perú 2026: Sueldo, Gratificación, CTS y Beneficios

📅 18 Aug 2026 👤 Aricruz Consultoría ⏱ 9 min lectura

Contratar a tu primer trabajador formal implica mucho más que pagar un sueldo: hay gratificaciones, CTS, vacaciones, aportes y descuentos que la ley obliga a calcular con precisión, y cuyo incumplimiento expone a la empresa a multas de SUNAFIL. Esta guía resume qué compone una planilla en el Perú, cómo se calcula cada beneficio y cuánto cuesta realmente un trabajador, con los valores vigentes 2026.

📌 Puntos clave

  • La Remuneración Mínima Vital (RMV) 2026 es S/ 1,130.
  • El trabajador recibe dos gratificaciones al año (julio y diciembre) y dos depósitos de CTS (mayo y noviembre).
  • El EsSalud (9%) lo aporta el empleador; la AFP u ONP se descuenta del trabajador.

¿Qué es la planilla electrónica?

La planilla electrónica es el registro, ante el Ministerio de Trabajo (MTPE) y la SUNAT, de la información laboral de tus trabajadores. Se compone de dos partes:

  • T-Registro: el registro de los datos de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios y derechohabientes.
  • PLAME: la planilla mensual de pagos, donde se declaran las remuneraciones, los aportes, los descuentos y los tributos del mes.

Estar en planilla no es opcional para el trabajo dependiente: la relación laboral formal exige registro en planilla desde el primer día.

Conceptos remunerativos y no remunerativos

El sueldo base es solo el punto de partida. Sobre la remuneración computable se calculan los demás beneficios, por eso importa distinguir qué conceptos son remunerativos (entran a la base de cálculo de CTS, gratificación, etc.) y cuáles no (como las condiciones de trabajo o los montos de movilidad supeditada a asistencia).

Asignación familiar

Equivale al 10% de la RMV = S/ 113, y se paga a todo trabajador con hijos menores de edad (o hasta los 24 años si cursan estudios superiores), sin importar cuánto gane, siempre que esté en el régimen laboral general.

Base legal: Ley 25129 y su reglamento DS 035-90-TR.

Descuentos al trabajador: AFP u ONP

Del sueldo del trabajador se descuenta obligatoriamente su aporte al sistema de pensiones que haya elegido:

  • ONP (sistema público): 13% de la remuneración asegurable (DL 19990).
  • AFP (sistema privado): aproximadamente 10% de aporte al fondo, más la comisión de la AFP y la prima del seguro previsional. El total suele rondar el 12%-13%, y varía según la AFP.

El EsSalud no se descuenta del trabajador: es un aporte que asume la empresa.

Ejemplo de sueldo neto

Un trabajador con sueldo bruto de S/ 2,000 afiliado a la ONP recibe:

  • Descuento ONP: S/ 2,000 × 13% = S/ 260.
  • Sueldo neto = S/ 2,000 − S/ 260 = S/ 1,740.

Aportes a cargo del empleador: EsSalud

El empleador aporta el 9% de la remuneración a EsSalud por cada trabajador. Este monto no se descuenta del sueldo: es un costo adicional para la empresa. La base de cálculo no puede ser menor a la RMV.

Gratificaciones (julio y diciembre)

El trabajador del régimen general recibe una gratificación equivalente a un sueldo completo en julio (Fiestas Patrias) y otra en diciembre (Navidad), si laboró el semestre completo. Además recibe una bonificación extraordinaria del 9% —el monto que habría ido a EsSalud— que se le entrega directamente (Ley 30334).

Fórmula: Gratificación = (Remuneración ÷ 6) × meses completos laborados en el semestre.

Ejemplo: un trabajador con sueldo de S/ 2,000 que laboró los 6 meses recibe S/ 2,000 de gratificación + S/ 180 de bonificación extraordinaria (9%) = S/ 2,180.

Base legal: Ley 27735 y Ley 30334.

CTS (Compensación por Tiempo de Servicios)

La CTS es un beneficio de previsión: un fondo que se deposita en el banco que elige el trabajador, en mayo y noviembre, y que solo puede retirar (con topes) mientras esté trabajando, o íntegramente al cesar. Equivale aproximadamente a un sueldo al año.

Para el cálculo, la remuneración computable incluye el sueldo más un sexto de la última gratificación. Ejemplo de un depósito semestral con sueldo de S/ 2,000 y semestre completo: remuneración computable ≈ S/ 2,000 + (S/ 2,000 ÷ 6) = S/ 2,333, y el depósito semestral es aproximadamente medio sueldo computable, cercano a S/ 1,167.

Base legal: DS 001-97-TR.

Vacaciones

El trabajador del régimen general tiene derecho a 30 días de descanso remunerado por cada año completo de trabajo, siempre que cumpla el récord vacacional (días efectivos de labor exigidos). Si cesa antes de tomarlas, se le paga la parte proporcional (vacaciones truncas).

Base legal: DL 713.

Descanso semanal y feriados

Todo trabajador tiene derecho a un descanso semanal obligatorio de al menos 24 horas continuas, que normalmente es el domingo. Si por necesidad de la empresa trabaja en su día de descanso sin un día sustitutorio, ese trabajo se paga con una sobretasa del 100%. Los feriados no laborables tienen reglas similares: laborar un feriado sin descanso sustitutorio genera pago triple (el del día más una sobretasa del 100%).

La boleta de pago

Cada pago de remuneración debe respaldarse con una boleta de pago que detalle los conceptos remunerativos, los descuentos (AFP/ONP, adelantos) y los aportes. Desde la digitalización, muchas empresas la emiten de forma electrónica. Guardar las boletas firmadas o su constancia de entrega es clave ante cualquier fiscalización de SUNAFIL.

Jornada laboral y horas extras

La jornada máxima en el Perú es de 8 horas diarias o 48 horas semanales. El trabajo que excede esa jornada es hora extra y se paga con una sobretasa: 25% adicional por las dos primeras horas y 35% por las siguientes. El trabajo en día de descanso o feriado también tiene reglas propias de pago. Llevar bien el control de asistencia evita reclamos y multas.

Tipos de contrato de trabajo

Los principales tipos de contrato son:

  • Indefinido: sin fecha de término; es la modalidad por defecto de la relación laboral.
  • Sujeto a modalidad (plazo fijo): por una causa objetiva y temporal (por inicio de actividad, por necesidad de mercado, por obra determinada, etc.), con plazos máximos.
  • A tiempo parcial (part-time): jornada menor a 4 horas diarias en promedio; tiene algunas diferencias en beneficios como la CTS.

Un error frecuente es encubrir una relación laboral real con "recibos por honorarios": si hay subordinación, horario y órdenes, la ley considera que existe contrato de trabajo (desnaturalización).

Liquidación de beneficios sociales al cese

Cuando un trabajador deja la empresa, se le debe pagar la liquidación de beneficios sociales: la CTS pendiente, las gratificaciones truncas, las vacaciones truncas y cualquier concepto adeudado, calculados de forma proporcional al tiempo laborado. Si el cese es un despido arbitrario, puede corresponder además una indemnización según el régimen laboral. El pago debe hacerse dentro de las 48 horas del cese.

¿Cuánto cuesta realmente un trabajador?

Un error frecuente en las MYPE es presupuestar solo el sueldo. Sumando los beneficios, un trabajador del régimen general cuesta a la empresa bastante más que su sueldo bruto. Estimación anual aproximada para un sueldo de S/ 2,000 (régimen general):

ConceptoCálculoMonto anual aprox.
Sueldos (12 meses)S/ 2,000 × 12S/ 24,000
Gratificaciones (2)2 sueldosS/ 4,000
Bonif. extraordinaria (9%)9% de gratificacionesS/ 360
CTS≈ 1 sueldo computableS/ 2,333
EsSalud (9%)9% sobre sueldos y grati.≈ S/ 2,520
Costo total aprox.≈ S/ 33,200

Es decir, cerca de un 38% por encima del sueldo bruto anual. La cifra exacta varía con la asignación familiar y otros conceptos.

💡 Consejo de Aricruz

Presupuesta a cada trabajador con ese sobrecosto del 40%-50% desde el primer día. Muchas MYPE entran en problemas de caja en julio y diciembre precisamente porque no provisionaron mes a mes las gratificaciones y la CTS.

Participación en las utilidades

Las empresas del Régimen General que desarrollan actividad generadora de renta de tercera categoría y tienen más de 20 trabajadores están obligadas a repartir un porcentaje de sus utilidades anuales entre su personal. El porcentaje depende del sector (por ejemplo, 10% para empresas industriales, 8% para comercio y restaurantes, 5% para otras actividades). El reparto se calcula la mitad en función de los días laborados y la mitad en función de la remuneración de cada trabajador.

Base legal: DL 892.

SCTR: seguro para trabajos de riesgo

Si tu empresa realiza actividades de riesgo (construcción, industria, transporte, entre otras listadas en la norma), debes contratar el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), que cubre salud y pensión por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Es un costo adicional a cargo del empleador y su omisión es una infracción grave ante SUNAFIL.

Régimen laboral MYPE: beneficios reducidos

Si tu empresa está inscrita en el REMYPE, los beneficios dependen de tu categoría. A grandes rasgos:

BeneficioMicroempresaPequeña empresa
Vacaciones15 días15 días
GratificacionesNo½ sueldo (×2 al año)
CTSNo15 días de sueldo por año
Asignación familiarNo

Verifica siempre tu categoría vigente en el REMYPE, pues determina qué beneficios corresponden. Base legal: TUO de la Ley MYPE (DS 013-2013-PRODUCE).

Infracciones laborales y SUNAFIL

La SUNAFIL fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones laborales. No registrar a un trabajador en planilla, no pagar beneficios o no depositar la CTS a tiempo son infracciones que se sancionan con multas calculadas en UIT según la gravedad y el número de trabajadores afectados. La informalidad laboral suele salir mucho más cara que el cumplimiento.

Preguntas frecuentes

¿La asignación familiar se paga aunque el sueldo sea mayor al mínimo?

Sí. La asignación familiar (S/ 113) se paga a todo trabajador con carga familiar en el régimen general, sin importar cuánto gane.

¿Se pagan gratificación y CTS a un trabajador con pocos meses?

Sí, de forma proporcional (trunca) a los meses efectivamente laborados.

¿El EsSalud lo paga el trabajador?

No. El 9% de EsSalud es un aporte del empleador. Lo que se descuenta al trabajador es su aporte a AFP u ONP.

¿Puedo tener a alguien "por recibo por honorarios" en vez de en planilla?

Solo si es un servicio realmente independiente. Si la persona cumple horario, recibe órdenes y trabaja de forma subordinada, se configura una relación laboral y usar recibos por honorarios constituye una desnaturalización que SUNAFIL puede sancionar.

¿Cuándo se deposita la CTS?

En dos oportunidades al año: la primera quincena de mayo y la primera quincena de noviembre.

¿Tu planilla está bien calculada?

En Aricruz llevamos tu planilla electrónica completa —T-Registro, PLAME, gratificaciones, CTS, vacaciones y liquidaciones— cumpliendo con el MTPE y SUNAFIL, para que no te expongas a multas laborales.

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Fuentes: MTPE (gob.pe/mtpe), SUNAT, Ley 27735, Ley 30334, DS 001-97-TR, DL 713, Ley 25129, DS 013-2013-PRODUCE. Valores 2026 (RMV S/ 1,130; asignación familiar S/ 113). Verifica siempre la normativa vigente antes de tomar decisiones laborales.

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